Reclamaciones por mala praxis en cirugía de cataratas

Reclamaciones por mala praxis en cirugía de cataratas

Publicado el 25 de octubre de 2025


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Qué es mala praxis en cirugía de cataratas

La cirugía de cataratas es una de las intervenciones oftalmológicas más realizadas y, en general, ofrece resultados excelentes. Sin embargo, cuando el acto médico se separa de la lex artis —es decir, de las reglas técnicas y de diligencia exigibles al profesional y al centro sanitario— puede producirse mala praxis. En el contexto de la cirugía de cataratas, la mala praxis puede abarcar decisiones preoperatorias, ejecución intraoperatoria o cuidados postoperatorios que no cumplen los estándares aceptados y que, además, generan un perjuicio evitable para el paciente. El mero resultado adverso no constituye por sí mismo negligencia; es necesario analizar si existió un incumplimiento objetivo de dichos estándares y un nexo causal con el daño.

Ejemplos típicos incluyen: selección inadecuada de la lente intraocular (LIO) respecto a la graduación previa, ausencia de pruebas preoperatorias esenciales como la biometría precisa, falta de medidas de asepsia con infección subsiguiente (endoftalmitis), daño en estructuras intraoculares por mala técnica (rotura capsular sin manejo adecuado), o un control deficiente de complicaciones postoperatorias que agravan el pronóstico visual. También puede existir responsabilidad cuando el centro o el profesional no informa de manera clara, comprensible y suficiente de los riesgos previsibles y de las alternativas terapéuticas, impidiendo al paciente otorgar un consentimiento informado válido.

Clave práctica: para que una reclamación por mala praxis en cirugía de cataratas prospere, deben concurrir tres elementos: actuación contraria a la lex artis, daño efectivo (visual, estético, funcional, moral o patrimonial) y relación causal demostrable entre ambos.

  • La mala praxis no se presume: hay que probarla.
  • Los riesgos típicos de la cirugía no eximen si hubo falta de diligencia.
  • El consentimiento informado deficiente puede generar responsabilidad por pérdida de oportunidad.

Pruebas y documentación imprescindible

Una reclamación sólida por mala praxis en cirugía de cataratas se apoya en pruebas clínicas y documentales que permitan reconstruir lo ocurrido y medir el impacto del daño. Es vital solicitar, por escrito, la historia clínica completa: consultas previas, informes preoperatorios, consentimiento informado firmado, parte quirúrgico detallado, incidencias intraoperatorias, medicación administrada y pautas postoperatorias. A ello se añaden las pruebas oftalmológicas: agudeza visual previa y posterior, refracción, queratometría, biometría ocular (cálculo de la LIO), topografía, OCT macular/retiniana, paquimetría, presión intraocular y cualquier prueba de infección o inflamación realizada tras la intervención.

Junto a la documentación clínica, conviene recopilar pruebas extraclínicas: fotografías del ojo si existen signos visibles, gastos farmacéuticos y de desplazamiento, bajas laborales, recibos de tratamientos complementarios, correos electrónicos o mensajes con el centro, y testimonios de acompañantes. El objetivo es demostrar el daño y su relación con el procedimiento. El informe pericial de un oftalmólogo con experiencia en cirugía de cataratas es, con frecuencia, la pieza central: analiza la adecuación de la técnica, si la lente elegida y su potencia eran correctas, si hubo un manejo diligente de complicaciones y si el seguimiento cumplió estándares.

Checklist útil: solicitud de historia clínica, copias de consentimientos, parte quirúrgico, informes postoperatorios, listado de fármacos, pruebas de imagen y biometría, justificantes de gastos, y valoración pericial independiente.

  • Reúne desde el primer día síntomas, fechas y profesionales implicados.
  • Guarda facturas y justificantes para cuantificar la indemnización.
  • Evita lagunas: si falta un documento, vuelve a requerirlo por escrito.

Cómo valorar la negligencia y el daño

Valorar la mala praxis en cirugía de cataratas exige distinguir entre complicación aceptable y negligencia. La complicación es un riesgo inherente —por ejemplo, opacificación capsular posterior o inflamación—, pero la negligencia aparece cuando la actuación se aparta de la diligencia exigible o se omiten medidas preventivas y de control razonables. El perito analizará si el cálculo de la lente intraocular fue correcto según fórmulas y datos biométricos, si la asepsia fue adecuada, si las decisiones intraoperatorias ante incidencias (p. ej., rotura de cápsula posterior) fueron ajustadas, y si el seguimiento detectó y trató a tiempo signos de infección o edema macular.

El daño, a su vez, debe ser real y cuantificable: pérdida de agudeza visual, deslumbramientos, visión doble, dolor persistente, necesidad de reintervenciones, secuelas estéticas o psicológicas, y perjuicios económicos. La relación causal puede ser directa (p. ej., lesión iatrogénica de estructuras oculares) o por pérdida de oportunidad (información insuficiente que privó al paciente de elegir otra alternativa con menor riesgo). Para sostener la reclamación, se requiere un relato coherente, soporte clínico y una estimación de perjuicios.

Punto crítico: la existencia de una complicación no excluye por sí sola la responsabilidad si se demuestra un fallo en la técnica, en la información o en el seguimiento que agravó el resultado.

  • Compara protocolos del centro con guías clínicas aceptadas.
  • Contrasta tu evolución con el curso postoperatorio esperado.
  • Solicita segunda opinión oftalmológica para objetivar secuelas.

Pasos para reclamar: vía amistosa, administrativa y civil

Tras identificar indicios de mala praxis en cirugía de cataratas, la estrategia comienza con la recopilación de la historia clínica y una valoración pericial preliminar. A partir de ahí, puedes optar por una reclamación amistosa ante el centro y su aseguradora, detallando hechos, daños y cuantía orientativa. Esta vía puede acelerar una solución si la aseguradora reconoce responsabilidad. Si no hay acuerdo, en el ámbito público se interpone reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración sanitaria competente; en el privado, suele plantearse demanda civil (contractual o extracontractual) frente al profesional y/o el centro. De forma excepcional, cabe la vía penal por imprudencia grave.

Durante el proceso, son claves la precisión fáctica, la claridad de los informes y el respeto a los plazos. La demanda debe exponer el estándar de diligencia omitido, el nexo causal y la cuantificación del daño con sustento documental. En sede administrativa, se incorporan informes de la Inspección Sanitaria y, con frecuencia, dictámenes jurídicos. En sede civil, se practica prueba pericial y testifical, además de la documental. Es habitual que la negociación continúe paralelamente; muchas reclamaciones se resuelven por acuerdo antes del juicio.

Tip estratégico: evaluar la viabilidad con un informe pericial sólido antes de iniciar la vía judicial mejora la posición negociadora y evita costes innecesarios.

  • Inicio: solicitud de historia clínica y peritaje preliminar.
  • Negociación: reclamación amistosa a centro y aseguradora.
  • Acciones formales: patrimonial (pública) o civil (privada).

Plazos de prescripción y estrategia de tiempos

El tiempo es decisivo. En reclamaciones derivadas de sanidad pública, los plazos administrativos para la responsabilidad patrimonial suelen computarse desde la estabilización de las secuelas. En el ámbito privado, la acción civil prescribe en un plazo que depende de la naturaleza de la relación (contractual o extracontractual) y de las reglas de cómputo aplicables. Además, ciertas actuaciones, como la solicitud formal de historia clínica o la reclamación extrajudicial con acuse de recibo, pueden interrumpir o suspender plazos. Por ello, conviene planificar una línea temporal precisa desde el día de la intervención, anotando incidencias, diagnósticos y fechas de conocimiento del daño.

En cirugía de cataratas, algunas secuelas se manifiestan pronto (dolor, visión borrosa intensa, signos de infección), mientras que otras, como la opacificación capsular, pueden aparecer más tarde. La estrategia ideal combina actuar rápido para preservar pruebas —por ejemplo, cultivos ante sospecha de endoftalmitis— y, a la vez, esperar el tiempo necesario para que el perito valore la estabilización del daño. Coordinar la reclamación con el peritaje y con la obtención documental evita precipitarse y fortalece la viabilidad jurídica.

Recordatorio: registra por escrito cada requerimiento de documentos y conserva justificantes de envío y recepción; pueden resultar cruciales para acreditar la interrupción de plazos.

  • Define la fecha de conocimiento del daño y su estabilización.
  • Interrumpe plazos con reclamaciones fehacientes.
  • Evita dilaciones que comprometan la prueba clínica.

Indemnizaciones: cómo se calculan

La cuantía indemnizatoria en mala praxis por cirugía de cataratas se orienta por criterios de baremación de daños personales y por la prueba del perjuicio específico. El cálculo considera la pérdida de agudeza visual, el deterioro de la calidad de vida (fotopsias, halos, visión doble), el dolor y el sufrimiento psíquico, el tiempo de baja, los gastos médicos y farmacéuticos, y la necesidad de cirugías adicionales. Cuando la información previa fue insuficiente, puede plantearse una indemnización por pérdida de oportunidad: aunque el resultado hubiera sido incierto, al paciente se le privó de decidir con conocimiento de riesgos y alternativas (p. ej., diferir la cirugía, optar por otro tipo de LIO o por un centro de mayor complejidad).

Para fundamentar la cifra, el informe pericial debe traducir el daño clínico a repercusiones funcionales: limitaciones para conducir, leer, trabajar en pantallas, sensibilidad a la luz, necesidad de ayudas ópticas o de tratamientos crónicos. La documentación económica —recibos, transporte, cuidadores, terapias— respalda el componente patrimonial. Si la aseguradora impugna, la pericial contraria y la historia clínica serán el terreno del debate. Una buena práctica es presentar escenarios: indemnización base por daño corporal, más partidas adicionales condicionadas a secuelas concretas demostrables.

En la práctica: alinear la cuantía con la evidencia clínica y con precedentes de casos análogos incrementa las opciones de acuerdo extrajudicial.

  • Incluye daño moral, emergente y lucro cesante si procede.
  • Aporta presupuestos o facturas de reintervenciones y tratamientos.
  • Vincula cada partida a una prueba concreta para evitar recortes.

Errores frecuentes en cirugía de cataratas y cómo detectarlos

Aunque cada caso es distinto, existen patrones de error que aparecen con relativa frecuencia en reclamaciones por mala praxis en cirugía de cataratas. Entre ellos: cálculo inadecuado de la lente intraocular por errores en la biometría o en la selección de la fórmula; falta de verificación preoperatoria de comorbilidades o de medicaciones que aumentan riesgos; técnica intraoperatoria deficiente con lesión capsular o zonular mal manejada; escasa asepsia o antibioprofilaxis inadecuada que culmina en endoftalmitis; y ausencia de revisiones postoperatorias en plazos razonables o respuestas tardías ante signos de alarma.

Para detectarlos, revisa minuciosamente el parte quirúrgico: debe dejar constancia de incidencias y de las decisiones técnicas adoptadas. Comprueba que las pruebas preoperatorias sean completas y actuales, y que la potencia de la LIO se justifique con datos objetivos. En el postoperatorio inmediato, la evolución esperada es una mejoría progresiva de la visión con molestias leves; dolor intenso, empeoramiento brusco o secreción pueden sugerir complicaciones que requieren atención urgente. Registrar estos síntomas y acudir a revisión sin demora no solo protege tu salud, también refuerza la prueba en una eventual reclamación.

Señales de alerta: dolor intenso, disminución súbita de la visión, ojo muy rojo o secreción purulenta, fotopsias y moscas volantes con cortina visual, o diplopía persistente.

  • Exige registros completos de biometría y cálculo de LIO.
  • Comprueba protocolos de asepsia y antibioterapia reportados.
  • Valora segunda opinión si el curso clínico no es el esperado.

Cómo elegir abogado y perito especializado

Las reclamaciones por mala praxis en cirugía de cataratas requieren un enfoque técnico-jurídico específico. Elegir un abogado con experiencia en responsabilidad sanitaria y familiarizado con casos oftalmológicos marca la diferencia en la viabilidad, en la negociación con aseguradoras y en la orientación probatoria. Pregunta por casos similares gestionados, tasa de acuerdos, metodología de cálculo indemnizatorio y política de honorarios. La coordinación temprana con un perito oftalmólogo es esencial: un buen perito no solo evaluará la técnica y el daño, también ayudará a definir el nexo causal y anticipar objeciones habituales de la parte contraria.

Valora equipos que integren gestores documentales y herramientas para ordenar historias clínicas voluminosas. Asimismo, comprobar que el despacho colabora con peritos con experiencia quirúrgica real en cataratas aporta credibilidad. En la fase negociadora, el tándem abogado-perito permite ajustar propuestas económicas a evidencia clínica y rebatir informes contrarios con solidez. Finalmente, la comunicación es clave: solicita una hoja de ruta, tiempos estimados por fases, hitos de prueba y criterios para aceptar o rechazar ofertas.

Recomendación: pide una valoración de viabilidad antes de iniciar acciones y acuerda por escrito el alcance del peritaje (preguntas periciales, revisión de documentos, exploración, pruebas complementarias).

  • Experiencia demostrable en negligencia oftalmológica.
  • Red de peritos con práctica quirúrgica en cataratas.
  • Transparencia en honorarios y estrategia probatoria.

Preguntas frecuentes

¿Un mal resultado visual siempre implica mala praxis? No. La cirugía de cataratas conlleva riesgos. Para que exista mala praxis debe demostrarse una actuación por debajo de la diligencia exigible y un nexo causal con el daño. Un resultado desfavorable puede ser una complicación aceptada si se actuó correctamente y se informó adecuadamente.

¿Qué importancia tiene el consentimiento informado? Mucha. Si no se explicó de forma comprensible riesgos y alternativas, puede reclamarse por falta de información y pérdida de oportunidad. Aun cuando el acto técnico fuese correcto, un consentimiento insuficiente puede generar responsabilidad.

¿Qué documentos debo reunir para empezar? Historia clínica completa, consentimientos informados, parte quirúrgico, pruebas pre y postoperatorias (biometría, OCT, topografía), medicación pautada, informes de urgencias, facturas y justificantes de gastos, y una valoración pericial inicial.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar? Depende de si el centro es público o privado y del tipo de acción. Los plazos suelen contarse desde la estabilización de las secuelas. Es fundamental consultar cuanto antes para evitar la prescripción y planificar interrupciones de plazo.

¿Cómo se calcula la indemnización? Se atiende a la pérdida de visión y calidad de vida, tratamientos adicionales, bajas y gastos, además del daño moral. Un informe pericial sólido traduce el impacto clínico en términos económicos y apoya la negociación con la aseguradora o el pleito.

Si crees que has sufrido mala praxis en una cirugía de cataratas, actúa pronto: solicita tu historia clínica, anota hechos clave y busca asesoramiento especializado para valorar la viabilidad y proteger tus derechos.

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