
Cómo reclamar por mala praxis médica en clínicas privadas
Publicado el 18 de julio de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 15 min
Índice
- Qué es mala praxis médica en clínicas privadas
- Responsabilidad civil y penal: diferencias clave
- Plazos para reclamar e interrupciones
- Pruebas esenciales: historia clínica y consentimiento informado
- Informe pericial y lex artis
- Reclamación previa y negociación con la aseguradora
- Demanda civil y cuantificación de la indemnización
- Costes, honorarios y financiación del caso
- Errores frecuentes y cómo evitarlos
- Preguntas frecuentes
Qué es mala praxis médica en clínicas privadas
La mala praxis médica en clínicas privadas se refiere a la actuación profesional que, por acción u omisión, se aparta de los estándares exigibles de la profesión y causa un daño al paciente. En un entorno privado, la relación suele ser de naturaleza contractual: el paciente contrata servicios sanitarios con una clínica, aseguradora o médico, esperando una asistencia conforme a la lex artis ad hoc, es decir, a las reglas del arte aplicables al caso concreto. No se trata de garantizar un resultado, sino de desplegar todos los medios, diligencia y protocolos disponibles según el estado de la ciencia y los medios del centro.
Para hablar de mala praxis médica deben concurrir, de forma habitual, tres elementos: una conducta negligente o contraria a la lex artis, un daño efectivo (lesión, secuela, perjuicio económico o moral) y un nexo causal que vincule esa conducta con el daño sufrido. En la práctica, esta tríada se acredita mediante documentación clínica, peritajes médicos y, llegado el caso, informes complementarios como estudios de viabilidad o auditorías internas del centro. La clínica privada, a diferencia del sistema público, suele estar cubierta por un seguro de responsabilidad civil profesional que responde de los daños ocasionados por su personal sanitario o colaboradores.
Casos habituales incluyen errores de diagnóstico que retrasan tratamientos, intervenciones quirúrgicas con técnica inadecuada, infecciones nosocomiales por fallos de protocolo, medicación administrada sin verificación de alergias, o consentimientos informados incompletos o ausentes. También hay mala praxis por omisión de pruebas necesarias ante signos de alarma, por falta de seguimiento postoperatorio o por altas precipitadas que derivan en complicaciones. El contexto privado no excluye el error humano, pero sí exige procesos de calidad, trazabilidad y comunicación transparente.
Idea clave: En clínicas privadas, la reclamación por mala praxis médica se apoya en la vulneración de la lex artis y la existencia de un daño indemnizable. La póliza de responsabilidad de la clínica suele ser la vía de cobro.
Responsabilidad civil y penal: diferencias clave
Ante un daño derivado de mala praxis médica en clínicas privadas, es crucial distinguir la vía civil de la penal. La responsabilidad civil busca reparar económicamente el perjuicio sufrido: pretende restablecer la situación del paciente mediante una indemnización que cubra daños personales, materiales, lucro cesante y daño moral. La civilidad se centra en probar la infracción de la lex artis y el nexo causal; la culpa puede ser leve o grave, y no exige la misma intensidad subjetiva que el delito. Es la vía más habitual y eficiente para lograr compensación, a menudo con negociación previa con la aseguradora.
La responsabilidad penal, en cambio, solo procede cuando la conducta del profesional puede encajar en figuras delictivas (por ejemplo, lesiones por imprudencia grave). Exige probar una imprudencia cualificada y supera el estándar de mera negligencia. Los procesos penales son más prolongados y con mayor carga probatoria. Además, la apertura de diligencias penales no garantiza mejor indemnización; de hecho, en muchos supuestos se recomienda optar por la vía civil para priorizar la reparación y reducir la exposición procesal del paciente.
En el ámbito privado también es importante la responsabilidad contractual frente a la extracontractual. La primera deriva del contrato con la clínica o el médico; la segunda nace del mero hecho ilícito. La elección de una u otra puede afectar al plazo de prescripción y a la estrategia probatoria. Las pólizas de la clínica suelen cubrir la responsabilidad civil profesional de sus médicos y personal sanitario, lo que facilita la reclamación amistosa y, en su caso, la ejecución de sentencias.
- Vía civil: objetivo principal, la indemnización.
- Vía penal: reservada a imprudencias graves o conductas dolosas.
- Contractual vs. extracontractual: impacta en plazos y carga de la prueba.
Plazos para reclamar e interrupciones
El tiempo es un factor decisivo en cualquier reclamación por mala praxis médica en el sector privado. En la vía civil, cuando existe contrato con la clínica o el facultativo, el plazo habitual para exigir responsabilidad contractual es de varios años desde que el perjudicado pudo conocer el alcance del daño y su relación con la actuación médica. Si la acción se plantea en la órbita extracontractual, los plazos suelen ser más breves. Por eso, la estrategia inicial debe valorar cuidadosamente la vía más favorable según la documentación disponible y la trazabilidad del servicio sanitario.
La prescripción puede interrumpirse mediante reclamaciones fehacientes, como un burofax con acuse de recibo dirigido a la clínica y, en su caso, a su aseguradora sanitaria. También interrumpen la prescripción las actuaciones judiciales o la apertura de negociaciones formales. Es recomendable documentar cualquier comunicación escrita, conservar acuses de recibo y registrar llamadas relevantes mediante resúmenes o correos de confirmación. Si el paciente sigue en tratamiento por las mismas secuelas, conviene recopilar informes de evolución, pues la estabilización del daño influye en el cómputo temporal.
A efectos prácticos, iniciar la reclamación cuanto antes mejora la obtención de pruebas (p. ej., historias clínicas completas, registros de quirófano, hojas de medicación, consentimientos informados, curvas anestésicas). Las clínicas privadas tienen obligación de custodiar la documentación clínica durante periodos legalmente establecidos, pero las demoras complican la localización de anexos y anexos de laboratorio, así como de profesionales que intervinieron.
Consejo práctico: solicita la historia clínica por escrito de inmediato y envía una reclamación fehaciente para interrumpir plazos. Planifica el calendario con tu abogado para no acercarte a la fecha límite.
Pruebas esenciales: historia clínica y consentimiento informado
La calidad probatoria determina el éxito de una reclamación por mala praxis médica. El núcleo suele estar en dos piezas: la historia clínica y el consentimiento informado. La historia clínica es el registro integral del proceso asistencial: anamnesis, exploraciones, informes de pruebas, diagnósticos diferenciales, prescripciones, evolución y alta. En procedimientos quirúrgicos, incluye el parte operatorio, informes anestésicos, hojas de medicación y seguimiento postoperatorio. Su análisis permite detectar fallos de protocolo, retrasos en pruebas diagnósticas, omisiones relevantes y discordancias entre lo actuado y lo documentado.
El consentimiento informado acredita que el paciente fue informado de riesgos típicos y alternativos terapéuticos, así como de consecuencias previsibles. Un consentimiento genérico, firmado el mismo día de la intervención sin explicación comprensible, puede ser insuficiente. En clínicas privadas se exige especial diligencia en la información preoperatoria, personalizada al perfil y patología del paciente. La ausencia o deficiencia en el consentimiento no convierte automáticamente la actuación en negligente, pero sí puede generar un daño moral indemnizable por vulneración del derecho a la información sanitaria.
Además, son pruebas útiles los informes de urgencias, fotografías del estado previo y posterior, recibos y facturas de tratamientos de corrección, comunicaciones con la clínica, hojas de reclamaciones y cualquier registro de complicaciones. Los testimonios de familiares o acompañantes pueden complementar lagunas temporales, y las guías clínicas o protocolos internos sirven de referencia para contrastar la lex artis aplicada.
- Pide copia íntegra de la historia clínica (incluidos anexos y pruebas).
- Revisa fechas, firmas, sellos y legibilidad de anotaciones.
- Comprueba si el consentimiento informado fue específico y comprensible.
Tip: Solicita la documentación por escrito y conserva el justificante. Si la clínica demora la entrega, reitera la petición y deja rastro fehaciente.
Informe pericial y lex artis
El informe pericial médico es la piedra angular para acreditar la mala praxis médica. Un perito independiente, especialista en la materia, analiza la historia clínica, contrasta la actuación con las guías y consensos científicos, y emite un dictamen sobre si existió desviación de la lex artis ad hoc. Además, evalúa el nexo causal entre la desviación y el daño, y fija el alcance de las secuelas. En el ámbito privado, contar con un perito con experiencia forense y solvencia técnica ante tribunales es diferencial, tanto para negociar con la aseguradora como para litigar.
El peritaje debe ser claro, didáctico y fundamentado: referencias a protocolos vigentes, cronología detallada, valoración de alternativas terapéuticas, estimación de probabilidades y explicación de por qué un desenlace era evitable. Cuando el caso lo requiere, pueden sumarse pericias complementarias (por ejemplo, en cirugía plástica, anestesia, traumatología o radiología). Esta visión multidisciplinar fortalece el relato causal y reduce el margen de duda razonable.
Junto con el peritaje, es habitual realizar una valoración del daño corporal con baremos de indemnización (muy útiles para cuantificar secuelas, incapacidades temporales, gastos médicos presentes y futuros, y daño moral). Un buen informe pericial no solo dice “qué salió mal”, sino cuánto cuesta repararlo en términos económicos, funcionales y de calidad de vida.
- Selecciona peritos con especialidad alineada al caso.
- Pide una primera viabilidad antes de encargar el informe completo.
- Exige conclusiones claras: desviación, nexo causal, daños y secuelas.
Reclamación previa y negociación con la aseguradora
Antes de acudir a los tribunales, lo habitual en clínicas privadas es formular una reclamación previa dirigida a la clínica y, si se conoce, a su aseguradora de responsabilidad civil. Este escrito debe exponer de forma técnica y ordenada los hechos, detallar los daños y adjuntar la documentación médica esencial, incluida una primera valoración pericial o, al menos, un informe de viabilidad. El objetivo es abrir una negociación seria, propiciando una oferta motivada que cubra el perjuicio sin necesidad de judicializar.
La aseguradora analiza el siniestro, asigna un tramitador y, a veces, un perito de parte. Es importante responder a sus requerimientos con precisión y sin precipitación: entregar lo necesario, pero evitar remitir documentos sin revisar o sobredocumentar. Una estrategia efectiva es ordenar el expediente por ejes (hechos, pruebas, daños) y marcar un cronograma claro de acontecimientos médicos. Durante la negociación, la solidez del peritaje y la coherencia del relato clínico suelen inclinar la balanza.
Si la oferta es insuficiente o el asegurador niega la responsabilidad, la vía natural es la demanda civil. No obstante, cerrar un acuerdo extrajudicial puede ser beneficioso si reconoce la responsabilidad, evita dilaciones y garantiza el cobro. Asegúrate de que cualquier acuerdo incluya todos los conceptos indemnizables, cubra gastos futuros previsibles y contemple la renuncia a acciones solo tras el pago efectivo.
Checklist de negociación: escrito estructurado, prueba pericial, cuantificación detallada, cronología médica, respuesta ágil a requerimientos, propuesta razonada y fecha límite de respuesta.
Demanda civil y cuantificación de la indemnización
La demanda civil es el instrumento procesal para reclamar judicialmente la indemnización por mala praxis médica en clínicas privadas. Debe recoger una exposición clara de los hechos probados, fundamentación jurídica y un petitum que cuantifique con precisión los daños. En la fase de admisión, el juzgado señalará los emplazamientos y, tras la contestación, se abrirá periodo de audiencia previa y juicio. En este trayecto, la prueba pericial y la documental clínica son esenciales. La declaración del paciente, y en su caso de familiares, aporta un relato humano que ayuda a entender el impacto real del daño.
Para la cuantificación, se suelen considerar: días de incapacidad temporal y perjuicio moral, secuelas valoradas con baremos de daño corporal, gastos médicos (presentes y futuros), costes de rehabilitación, prótesis o correcciones, lucro cesante (pérdidas de ingresos), adaptación del entorno y ayuda de tercera persona si procede. El daño moral merece capítulo propio, especialmente cuando hubo vulneración del derecho a la información o se produjo una pérdida de oportunidad terapéutica.
Tras la sentencia, si es estimatoria, podrá ejecutarse contra la clínica y su aseguradora. En caso de acuerdo durante el proceso, puede homologarse judicialmente. Las costas procesales dependen del resultado: si la aseguradora es condenada y la estimación es sustancial, es posible que se impongan a la parte contraria. La estrategia debe ponderar riesgos, tiempos y fortaleza probatoria para maximizar el resultado.
- Incluye una tabla de daños con importes y fundamentos.
- Apoya cada partida con informes, facturas y prescripciones.
- Prepara al paciente y al perito para declarar con claridad.
Costes, honorarios y financiación del caso
Reclamar por mala praxis médica conlleva costes que deben planificarse desde el inicio. Los honorarios de abogado y procurador (cuando sea preceptivo) se pactan según la complejidad, la fase (extrajudicial o judicial) y, a veces, con un componente variable de éxito. El informe pericial es un gasto clave: cuanto más especializado el área (neurocirugía, anestesia, cirugía plástica), mayor puede ser el coste. También hay que prever tasas o gastos de copias certificadas, desplazamientos y posibles segundas opiniones.
Muchas firmas ofrecen hojas de encargo con combinaciones de cuota fija inicial y porcentaje sobre cantidades recuperadas. Este modelo alinea intereses y facilita el acceso a la justicia a pacientes con recursos limitados. Existen, además, pólizas de defensa jurídica o coberturas en seguros de hogar que, en algunos supuestos, ayudan a sufragar parte de los gastos legales. Valora solicitar justicia gratuita según tus circunstancias económicas y el umbral vigente.
Una previsión financiera transparente evita sorpresas y mejora la toma de decisiones frente a ofertas de aseguradora. Debe incluir escenarios: acuerdo extrajudicial rápido, litigio con prueba pericial cruzada o recurso de apelación. La clave está en medir el retorno esperado de cada paso y en no infrafinanciar el peritaje, que es el corazón de la reclamación.
Plan de costes recomendado: desglose de honorarios por fases, presupuesto de peritaje, provisión para imprevistos (10–15%) y revisión semestral según evolución del expediente.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
En reclamaciones por mala praxis médica, ciertos errores se repiten y pueden comprometer el éxito del caso. El primero es dejar pasar el tiempo sin interrumpir la prescripción: la inacción puede cerrar la vía civil incluso con un expediente sólido. El segundo es no solicitar la historia clínica completa o conformarse con extractos incompletos; la ausencia de partes anestésicos, hojas de enfermería o informes radiológicos limita el análisis pericial. El tercero es no documentar todos los gastos y secuelas con facturas, informes de rehabilitación y registros fotográficos.
También es frecuente elegir mal al perito (especialidad inadecuada, informes poco didácticos) o encargar pericias sin un plan probatorio claro. Otro error es aceptar ofertas bajas sin verificar si cubren secuelas futuras o necesidad de nuevas intervenciones. A nivel comunicativo, conviene evitar mensajes dispersos con la aseguradora: cada envío debe tener propósito, coherencia y soporte documental. Finalmente, hay que gestionar expectativas: no toda complicación médico-quirúrgica implica negligencia, y no todo daño indemnizable se prueba con facilidad.
- Interrumpe plazos por burofax y registra comunicaciones.
- Exige la historia clínica íntegra y legible.
- Elige peritos especializados y con experiencia forense.
- Cuantifica todos los conceptos: daño moral, gastos y lucro cesante.
Regla de oro: estrategia primero, acción después. Una cronología clara y un relato clínico coherente multiplican la fuerza de la prueba pericial.
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera mala praxis médica en una clínica privada? Es la actuación que se aparta de la lex artis y causa un daño. Incluye errores de diagnóstico, técnicas inadecuadas, fallos de protocolo o consentimiento informado insuficiente. Deben concurrir conducta negligente, daño y nexo causal.
¿Necesito siempre un perito médico? En la práctica, sí. El informe pericial independiente es clave para demostrar la desviación de la lex artis y cuantificar secuelas. Sin pericia, las posibilidades de éxito se reducen notablemente.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar? Depende de la vía (contractual o extracontractual). Actúa cuanto antes y envía una reclamación fehaciente para interrumpir plazos. Tu abogado definirá el cómputo según la estabilización del daño y la documentación.
¿Se puede llegar a un acuerdo sin juicio? Sí. Muchas clínicas y aseguradoras cierran acuerdos extrajudiciales cuando el expediente está bien armado y el peritaje es sólido. Exige que la oferta cubra todos los conceptos, incluidos gastos futuros.
¿Qué puedo reclamar en la indemnización? Días de incapacidad, secuelas, daño moral, gastos médicos y de rehabilitación, lucro cesante, apoyo de tercera persona y adaptación del entorno si procede. Todo debe justificarse con informes y facturas.
Recuerda: solicita tu historia clínica completa cuanto antes, documenta todo y busca asesoramiento legal especializado en negligencia médica en clínicas privadas.