Errores en tratamientos estéticos: cómo reclamar

Errores en tratamientos estéticos: cómo reclamar

Publicado el 22 de julio de 2025


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Qué se considera error en tratamientos estéticos

Hablar de errores en tratamientos estéticos implica evaluar si la clínica o el profesional actuaron conforme a la lex artis, es decir, a los estándares de calidad y diligencia exigibles para ese procedimiento. En estética, muchos tratamientos son electivos y no curativos, pero ello no reduce la obligación de información, seguridad, higiene, trazabilidad de productos y competencia técnica. Un error puede consistir en una mala indicación (tratar a un paciente no apto), una ejecución deficiente (técnica incorrecta, dosis inadecuada, material caducado o no certificado), una vigilancia postoperatoria insuficiente o una información previa incompleta que impida al paciente consentir de forma libre y consciente.

No todo resultado insatisfactorio implica negligencia. Hay riesgos inherentes que, si fueron correctamente explicados y asumidos, pueden materializarse sin que exista culpa. Sin embargo, la frontera entre “complicación” y “negligencia” se supera cuando el daño deriva de incumplir protocolos o de una falta de prudencia: por ejemplo, no realizar prueba de alergia antes de un relleno dérmico, ignorar contraindicaciones médicas, no esterilizar instrumental, aplicar láser con parámetros contraindicados para el fototipo del paciente o delegar funciones en personal no cualificado.

Ejemplos habituales:

  • Asimetrías severas tras infiltraciones o cirugía por técnica deficiente.
  • Quemaduras por láser/peeling por uso inadecuado de energía o tiempos.
  • Fibrosis, necrosis o infección tras liposucción por fallo de asepsia o vigilancia.
  • Parálisis facial transitoria por infiltración en plano o dosis erróneos.
  • Resultados divergentes de la publicidad sin aclarar límites y riesgos.

Para reclamar con éxito, conviene analizar si hubo defectos en la indicación, técnica, seguimiento, documentación (historias clínicas, consentimiento), productos utilizados y publicidad. Cuanto más clara sea la cadena causal entre el incumplimiento y el daño estético, físico o moral, más opciones hay de obtener una indemnización.

Derechos del paciente y normativa aplicable

El paciente de medicina o estética tiene derecho a una información clara, veraz y suficiente sobre diagnóstico, alternativas, riesgos y expectativas razonables. Este derecho se complementa con el de acceso a la historia clínica y con la exigencia de que el consentimiento informado sea específico para el procedimiento, comprensible y firmado antes de la intervención. Asimismo, la clínica debe cumplir normativa sanitaria, de protección al consumidor y de publicidad, garantizando instalaciones seguras, personal habilitado y productos homologados.

En el ámbito privado, la relación suele ser contractual: se ofrece un servicio profesional con obligación de medios cualificados, y en algunos actos puramente cosméticos se discute incluso la existencia de obligación de resultado en términos de simetría o corrección prometida. Además, aplicar protocolos de seguridad, esterilización y trazabilidad no es opcional: es parte de la diligencia exigible. La publicidad, por su parte, no puede ser engañosa ni crear expectativas imposibles; las imágenes “antes/después” han de contextualizarse y no sustituir la información clínica personalizada.

Tus derechos clave:

  • Información previa completa y comprensible, con tiempo para decidir.
  • Consentimiento informado específico y firmado.
  • Atención por profesionales cualificados y materiales certificados.
  • Acceso a historia clínica e imágenes, incluidos lotes y productos usados.
  • Publicidad veraz y presupuesto detallado con condiciones y garantías.

Cuando estos derechos se vulneran y existe daño, surge la posibilidad de reclamar responsabilidad civil por los perjuicios causados, que pueden ser estéticos, físicos, psicológicos y económicos (gastos de corrección, bajas, pérdida de oportunidades). Una reclamación sólida comienza por hacer valer estos derechos documentándolos desde el primer día.

Cómo documentar el daño y reunir pruebas

La prueba es el corazón de cualquier reclamación por errores en tratamientos estéticos. Debes recopilar, ordenar y respaldar cada hito del proceso: presupuestos, contratos, consentimientos informados, facturas, correos, mensajes, fotografías “antes/después”, listados de productos (marca, lote, caducidad), recomendaciones postoperatorias y cualquier comunicación con la clínica. Solicitar por escrito la historia clínica completa es esencial, incluyendo informes preoperatorios, hojas de seguimiento, registros de enfermería y, si los hubiera, partes de incidencias.

Las fotografías y vídeos con fechas verificables aportan un valor probatorio relevante. Realiza un registro cronológico: día del tratamiento, síntomas, consultas posteriores, medicación, curas, y cómo evolucionaron las lesiones o asimetrías. Si acudes a otro profesional para corregir el daño, guarda diagnósticos y facturas; serán la base del reembolso o de la indemnización. La pericial médica, elaborada por un experto en la especialidad, será la prueba técnica principal para vincular el incumplimiento con el resultado lesivo.

Checklist de pruebas útiles:

  • Historia clínica completa y consentimiento informado específico.
  • Presupuesto, facturas y justificantes de pago.
  • Fotos y vídeos con sello temporal (antes, durante, después).
  • Identificación de productos: marca, lote, fecha de caducidad.
  • Mensajes y correos que evidencien promesas, instrucciones o incidencias.
  • Informes de otro especialista y presupuestos de corrección.

Organiza todo en carpetas con nombres claros y una línea temporal. Cuanto más ordenado esté el material, más fácil será para el perito y para tu abogado construir una narrativa persuasiva que demuestre el nexo causal entre actuación y daño.

Plazos para reclamar y vías disponibles

Los plazos para reclamar en estética pueden variar según la vía jurídica que elijas y la naturaleza de la responsabilidad. En el sector privado, es habitual acudir a la vía civil/consumidores por responsabilidad contractual o extracontractual. De forma orientativa, las acciones contractuales suelen tener plazos más amplios que las extracontractuales, que son más breves. Por ello, es clave no dejar pasar el tiempo y pedir asesoramiento cuanto antes. Si el servicio se prestó por una entidad pública o concertada, pueden existir procedimientos administrativos con plazos específicos que comienzan a computar desde la estabilización del daño.

Más allá de la vía judicial, existen opciones amistosas: reclamación directa a la clínica, hoja de reclamaciones, sistemas de mediación y arbitraje de consumo cuando proceda. Estas vías pueden facilitar acuerdos que cubran la reparación, nuevas sesiones correctoras o una indemnización. Si no hay solución, la demanda ante los tribunales será el siguiente paso, apoyada por un informe pericial que respalde el incumplimiento de la lex artis.

Recomendación práctica: anota la fecha del tratamiento y la de aparición de los primeros síntomas o del resultado final. Desde ahí, pide orientación legal para determinar el cómputo correcto y evitar la prescripción. Conserva justificantes de cualquier gestión extrajudicial, ya que pueden interrumpir plazos.

Elegir la vía adecuada influye en tiempos, costes y expectativas. La valoración inicial debe ponderar pruebas disponibles, solvencia del responsable, magnitud del daño y posibilidades de acuerdo.

Reclamar a la clínica: reclamación previa y negociación

Antes de demandar, conviene dirigir una reclamación formal a la clínica exponiendo los hechos, adjuntando pruebas y solicitando una solución concreta: rectificación gratuita bajo supervisión de un especialista, devolución parcial o total de importes, y/o indemnización por daños estéticos, físicos y morales. Presentar la hoja de reclamaciones, cuando proceda, y remitir un requerimiento fehaciente puede incentivar un acuerdo y dejar constancia de tu voluntad de resolver el conflicto.

Mantén un tono profesional y preciso. Propón plazos realistas para responder y ofrece canales de diálogo (reunión técnica, mediación). Si la clínica cuenta con seguro de responsabilidad civil, la reclamación se trasladará a la aseguradora, que valorará el caso con apoyo pericial propio. En este escenario, disponer de un informe independiente robusto es decisivo para equilibrar la negociación.

Claves para una negociación efectiva:

  • Definir claramente el daño y su origen en incumplimientos concretos.
  • Cuantificar gastos de corrección, bajas o terapias complementarias.
  • Aportar peritaje independiente y propuestas de solución razonables.
  • Evitar aceptar “retoques” sin garantías ni renuncias precipitadas.
  • Documentar cada intercambio y ofertas con fechas y condiciones.

Si no hay respuesta o la propuesta es insuficiente, la vía judicial permitirá al juez valorar pruebas y fijar la compensación. Un buen trabajo previo de reclamación y negociación refuerza tu posición procesal.

Peritaje médico y valoración del daño

El peritaje médico es la piedra angular en reclamaciones por errores estéticos. Su objetivo es determinar si la actuación se ajustó a la lex artis, identificar el nexo causal entre el incumplimiento y el daño y valorar la entidad de las secuelas. El perito analizará la historia clínica, la técnica empleada, los productos y dispositivos utilizados, los consentimientos informados y la evolución postoperatoria. Además, realizará una exploración clínica y, si procede, solicitará pruebas de imagen o funcionales.

La valoración de daños incluye componentes estéticos (asimetrías, cicatrices, hiperpigmentaciones), físicos (dolor, limitaciones, complicaciones), psicológicos (ansiedad, depresión, afectación social) y económicos (gastos médicos presentes y futuros, pérdida de ingresos). El informe debe ser claro, motivado y útil para el juez: no basta con describir el resultado, hay que explicar por qué la técnica o la vigilancia fueron inadecuadas y cómo ello causó la lesión.

Buenas prácticas con el perito:

  • Proporcionar toda la documentación clínica ordenada y completa.
  • Aportar fotografías cronológicas de alta calidad.
  • Incluir presupuestos de corrección y evidencia de gastos.
  • Describir el impacto en tu vida diaria con ejemplos concretos.
  • Solicitar que el informe anticipe posibles objeciones técnicas.

Un informe pericial sólido facilita acuerdos extrajudiciales y aumenta las probabilidades de éxito en juicio, al convertir la experiencia médica en argumentos claros y verificables.

Indemnizaciones habituales y cómo se calculan

La cuantía de una indemnización por errores en tratamientos estéticos depende del conjunto de daños probados. No existe una tarifa única, pero los tribunales suelen valorar la entidad del perjuicio estético, el dolor y sufrimiento, el impacto psicológico, los gastos de corrección y el lucro cesante. En algunos casos se toman como orientación baremos de daños corporales, adaptando su lógica a la realidad estética, especialmente cuando hay secuelas permanentes o necesidad de reintervenciones.

Para estimar el quantum, es útil presentar informes de especialistas que detallen el plan de corrección, su coste y riesgos. También contar con justificantes de consultas, medicación, bajas laborales, transporte y terapias psicológicas. Los daños morales, aunque intangibles, pueden acreditarse con evidencias de afectación social o profesional, testificales y diagnósticos de salud mental.

Factores que influyen en la indemnización:

  • Grado de visibilidad y permanencia de las secuelas.
  • Número de procedimientos correctores necesarios y su pronóstico.
  • Afectación psicológica y repercusión en actividad laboral.
  • Edad del paciente y expectativas razonables del tratamiento.
  • Conducta de la clínica (colaboración, información, trato postincidente).

Un cálculo riguroso y documentado mejora la posición negociadora y ofrece al juez una referencia objetiva para fijar la compensación.

Consentimiento informado y publicidad en estética

El consentimiento informado legitima el tratamiento siempre que sea específico, comprensible y otorgado tras recibir información veraz sobre beneficios, alternativas, riesgos y cuidados posteriores. Formularios genéricos o incompletos no cumplen su función: deben aludir al procedimiento concreto, detallar posibles complicaciones relevantes y dejar constancia del tiempo suficiente para resolver dudas. Cuando el paciente demuestra que no fue informado adecuadamente, aumenta la probabilidad de apreciarse responsabilidad civil si se materializa un riesgo no asumido.

La publicidad en estética debe ser veraz y no inducir a error. Anuncios que prometen resultados garantizados, rebajas agresivas con plazos mínimos o uso indiscriminado de imágenes sin advertencias pueden considerarse prácticas desleales. Del mismo modo, publicar “antes y después” sin explicar que los resultados varían según el caso genera expectativas irreales. Si la decisión de someterse al procedimiento se tomó condicionada por mensajes engañosos, ello puede incorporarse a la reclamación como elemento adicional de responsabilidad.

Puntos críticos a revisar:

  • Si el formulario menciona riesgos específicos y alternativas.
  • Si se entregaron instrucciones postoperatorias por escrito.
  • Si se usó publicidad con promesas absolutas o comparativas engañosas.
  • Si hubo presión comercial que limitó el tiempo de reflexión.

Consentimiento y publicidad son dos pilares probatorios: su análisis revela si el paciente decidió con libertad y conocimiento, y si la clínica actuó con transparencia y diligencia.

Errores frecuentes por tipo de tratamiento

Cada procedimiento estético tiene riesgos y requisitos técnicos propios. En infiltraciones (ácido hialurónico, toxina botulínica), los errores típicos incluyen dosis inadecuadas, plano de infiltración incorrecto, falta de pruebas de alergia cuando proceden o uso de productos no homologados. En láser y luz pulsada, las quemaduras y discromías aparecen por parámetros mal ajustados al fototipo, exposición solar reciente o falta de protección ocular. Los peelings químicos exigen selección correcta de tipo y tiempo, así como preparación cutánea previa.

En cirugía estética (rinoplastia, mamoplastia, abdominoplastia, liposucción), la planificación preoperatoria y la selección del candidato son clave. Complicaciones como seromas, infecciones, cicatrices hipertróficas o asimetrías severas pueden relacionarse con técnica o vigilancia insuficientes. En medicina capilar, las microinjertos demandan control de densidad, angulación y supervivencia de unidades foliculares; fallos en la conservación de injertos o en la anestesia tumescente pueden comprometer el resultado.

Cómo prevenir y cómo acreditar:

  • Pedir títulos, experiencia y verificar colegiación del profesional.
  • Exigir identificación de productos y dispositivos; guardar etiquetas.
  • Documentar fotográficamente desde la primera consulta.
  • Seguir estrictamente cuidados pre y post; conservar instrucciones.
  • Ante signos de alarma, acudir a urgencias y solicitar informes.

Al reclamar, particulariza el error al tipo de tratamiento y apóyate en protocolos reconocidos en la especialidad. Cuanto más específico sea el análisis técnico, más sólida será la reclamación.

Preguntas frecuentes

¿Un mal resultado siempre es negligencia?

No. Puede ser una complicación asumida si fue explicada y gestionada adecuadamente. Es negligencia cuando se aparta de la lex artis o se incumplen deberes de información, técnica o vigilancia.

¿Qué hago si la clínica me ofrece un “retoque” gratis?

Pide por escrito diagnóstico, riesgos y garantías. No firmes renuncias precipitadas. Valora una segunda opinión y conservar tu derecho a reclamar si el daño persiste.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Depende de la vía y del caso concreto. Actúa pronto: solicita historia clínica y asesoramiento para determinar el cómputo correcto y evitar la prescripción.

¿Necesito perito médico?

Es altamente recomendable. El informe pericial acredita incumplimientos y cuantifica el daño, lo que resulta decisivo para negociar o litigar con éxito.

¿Qué daños puedo reclamar?

Gastos de corrección y tratamientos, secuelas estéticas y físicas, perjuicio psicológico, pérdida de ingresos y otros daños acreditados derivados del error.

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