
Incapacidad permanente: tipos, requisitos y reclamaciones
Publicado el 26 de septiembre de 2025
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Índice
- Qué es la incapacidad permanente y cómo se reconoce
- Tipos y grados de incapacidad permanente
- Requisitos generales y específicos
- Procedimiento ante el INSS y Tribunal Médico
- Cálculo de la pensión de incapacidad permanente
- Reclamación previa y demanda judicial
- Pruebas médicas e informe pericial estratégico
- Compatibilidades e incompatibilidades laborales
- Revisión, agravación y extinción del grado
- Preguntas frecuentes
Qué es la incapacidad permanente y cómo se reconoce
La incapacidad permanente es la situación de un trabajador que, tras someterse al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. No equivale a estar de baja; es un estado estable en el tiempo que puede afectar a cualquier profesión o a la profesión habitual según su grado. Su reconocimiento corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que evalúa la documentación médica y profesional para determinar si se cumplen los criterios legales y técnicos exigidos y cuál es el grado procedente.
abogado incapacidad permanenteEl objetivo de esta figura es compensar la pérdida de capacidad de ganancia mediante una prestación económica, que puede ser compatible o no con determinadas actividades remuneradas. La valoración tiene en cuenta, además de los informes de especialistas, la edad, la formación, la experiencia y las limitaciones concretas para las tareas nucleares de la profesión. Por ello, dos personas con diagnósticos similares pueden recibir valoraciones distintas, dependiendo de cómo impacten sus secuelas en las funciones esenciales de su trabajo.
Punto clave: el diagnóstico no concede la incapacidad por sí solo; lo decisivo es el déficit funcional y su repercusión en la actividad profesional.
- Se valora el conjunto de patologías y secuelas, no una sola dolencia aislada.
- El criterio es profesional: qué tareas no puedes realizar de forma eficaz, segura y sostenida.
- El reconocimiento puede ser de oficio por el INSS o a instancia del interesado.
Tipos y grados de incapacidad permanente
La incapacidad permanente se clasifica en grados que reflejan el alcance de las limitaciones y su repercusión en la capacidad de trabajar. Cada grado conlleva derechos, cuantías y compatibilidades distintas. Comprenderlos es clave para elegir la estrategia de reclamación y para prever cómo afectará la prestación a tu vida laboral y económica.
- Parcial para la profesión habitual: disminuye el rendimiento en un mínimo del 33% en la profesión habitual, sin impedir las tareas fundamentales. Suele dar lugar a una indemnización a tanto alzado, no a pensión mensual.
- Total para la profesión habitual: inhabilita para las tareas fundamentales de la profesión habitual, pero permite dedicarse a otra distinta. Conlleva una pensión del 55% de la base reguladora, ampliable al 75% a partir de cierta edad si se cumplen requisitos específicos de empleabilidad.
- Absoluta para todo trabajo: impide realizar cualquier profesión con eficacia, regularidad y rendimiento suficientes. Otorga una pensión del 100% de la base reguladora.
- Gran invalidez: además de la absoluta, requiere la ayuda de tercera persona para los actos esenciales de la vida. Suma un complemento por gran invalidez al 100% de la base reguladora.
Consejo práctico: describe con precisión las tareas nucleares de tu profesión y explica por qué tus secuelas te impiden ejecutarlas de forma sostenida, segura y con calidad.
Además, se diferencia entre contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral) y profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional). Esta distinción afecta a la base reguladora, a posibles recargos por falta de medidas de seguridad y a la responsabilidad de mutuas o empresas. Documentar el origen profesional cuando existan indicios puede mejorar la cuantía y protección de la prestación.
Requisitos generales y específicos
Para el reconocimiento de la incapacidad permanente se exigen requisitos de acceso que varían según el origen de la contingencia y el grado. Con carácter general, debes estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta. En contingencias comunes, se piden periodos mínimos de cotización, que dependen de la edad de la persona solicitante y del grado solicitado. En accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, no suelen exigirse cotizaciones previas.
- Cotización mínima (contingencias comunes): para incapacidad total y absoluta se requiere un número de años cotizados que varía por tramos de edad; si el hecho causante ocurre antes de cierta edad, el umbral es menor, aunque se exige cotización en proporción al tiempo transcurrido.
- Situación de alta o asimilada: situaciones como desempleo con prestación, excedencias forzosas o traslado al extranjero por la empresa pueden computar como asimiladas.
- Hecho causante: suele ser la fecha de la propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) o la resolución del INSS; fija la normativa aplicable y la base reguladora.
Tip: si encadenas recaídas, informes y bajas prolongadas, guarda toda la trazabilidad (radiografías, resonancias, analíticas, evolución clínica y funcional). Servirá para probar el carácter permanente y no meramente transitorio de las secuelas.
Por último, recuerda que en patologías múltiples se valora el conjunto sinérgico de limitaciones. Aunque cada secuela por separado no alcance el umbral, su suma puede sustentar un grado de incapacidad más alto. Por eso, es importante presentar un dossier médico ordenado y razonado que conecte síntomas con limitaciones funcionales y con las tareas esenciales de la profesión.
Procedimiento ante el INSS y Tribunal Médico
El procedimiento suele iniciarse por solicitud de la persona interesada, por la mutua o de oficio por el INSS. Tras la apertura, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) convoca a la persona al tribunal médico, donde se revisan informes, se realiza exploración y se solicita, si procede, documentación complementaria. Con todo ello, se emite una propuesta que el INSS convierte en resolución estimatoria o denegatoria, indicando grado, base reguladora, fecha de efectos y compatibilidades.
- Prepara una memoria funcional que explique tu jornada tipo, tareas críticas y por qué no puedes ejecutarlas.
- Aporta informes recientes y objetivos (pruebas de imagen, electromiografías, test funcionales).
- Si padeces patologías invisibles (dolor crónico, fatiga, salud mental), incorpora escalas validadas y seguimiento especializado.
Plazos orientativos: el INSS dispone de un plazo administrativo para resolver; si no lo hace, puede entenderse el silencio y acudir a la vía de reclamación previa. Conserva acuses de recibo y notificaciones para computar los plazos correctamente.
Durante la cita, mantén un discurso coherente con lo declarado en los informes y evita sobreesfuerzos demostrativos. El tribunal evalúa la capacidad sostenida en el tiempo, no un esfuerzo puntual. Si necesitas ayudas técnicas, úsales con normalidad: reflejan tu realidad funcional y no te perjudican cuando están indicadas.
Cálculo de la pensión de incapacidad permanente
La cuantía parte de la base reguladora, que se calcula de forma diferente según contingencia y régimen. Sobre esa base se aplica un porcentaje en función del grado: 55% en la total (75% en determinados supuestos), 100% en la absoluta y 100% más complemento en gran invalidez. En la parcial, se reconoce una indemnización equivalente a un número de mensualidades de la base reguladora.
- Contingencia común: se emplean bases de cotización de periodos anteriores, con reglas específicas para lagunas y actualización.
- Contingencia profesional: la base puede ser más ventajosa y existen recargos si hubo falta de medidas de seguridad.
- Complementos: hijos a cargo, gran invalidez y mínimos pueden incrementar la pensión, siempre que se cumplan requisitos de renta y convivencia.
Recomendación: solicita tu vida laboral y el detalle de bases de cotización. Detectar lagunas o errores puede cambiar significativamente la cuantía final.
El cálculo debe acompañarse de una proyección realista de ingresos y compatibilidades futuras. Algunas actividades pueden ser compatibles con la total, mientras que en la absoluta la compatibilidad es más restrictiva. Anticipar estas variables te ayuda a elegir el objetivo adecuado: pedir total, absoluta o, si procede, gran invalidez, en función de tu situación clínica y profesional.
Reclamación previa y demanda judicial
Si la resolución del INSS no reconoce el grado correcto o deniega la prestación, debes presentar reclamación previa dentro del plazo legal. Es un escrito técnico que corrige errores de hecho o de derecho, aporta nueva prueba y propone una calificación ajustada. Si se desestima, procede la demanda ante la jurisdicción social, donde un juez valorará la prueba médica y funcional con mayor amplitula probatoria que en vía administrativa.
- Ordena la historia clínica por fechas y especialidades; adjunta pruebas clave y resúmenes ejecutivos.
- Incluye un informe pericial independiente cuando el caso lo requiera.
- Solicita vista con interrogatorio de peritos si existen discrepancias relevantes.
Estrategia: en la demanda, centra el debate en tareas esenciales no realizables y en la continuidad del déficit. Evita convertir el juicio en un compendio de diagnósticos sin enlace funcional.
Recuerda que puedes interesar medidas como prueba testifical de superiores o compañeros para acreditar la imposibilidad práctica de desempeñar funciones esenciales, así como aportar registros de absentismo por recaídas o adaptaciones fallidas que evidencien el fracaso de la readaptación laboral.
Pruebas médicas e informe pericial estratégico
La prueba médica es el corazón de cualquier expediente de incapacidad permanente. No basta con diagnósticos; es fundamental demostrar la traducción funcional de las patologías. Un buen informe pericial conecta lesiones y síntomas con limitaciones concretas (bipedestación, sedestación, carga, manipulación fina, ritmos, atención sostenida, interacción social, estrés), y cuantifica tolerancias (peso máximo, periodos de descanso, absentismo previsible).
- Usa escalas validadas (Oswestry, EVA del dolor, HADS, MMSE, DASH…) cuando apliquen.
- Incorpora pruebas objetivas (RMN, TAC, EMG, espirometría, test ergométricos, analíticas) que respalden los hallazgos.
- Describe la evolución y los intentos de tratamiento (fármacos, cirugía, rehabilitación) y por qué no logran recuperar la capacidad.
Claves del peritaje: claridad, trazabilidad de fuentes, criterio científico y foco en tareas profesionales. Evita tecnicismos innecesarios y explica al juez el “por qué” de cada limitación.
Complementa el informe con un diario funcional de actividades cotidianas (levantarse, aseo, desplazamientos, cargas, concentración). Aporta informes laborales (aptitudes, descripciones de puesto, riesgos) y, si procede, valoraciones de prevención de riesgos o de ergonomía que muestren la inviabilidad de adaptaciones razonables.
Compatibilidades e incompatibilidades laborales
Las compatibilidades dependen del grado y de la naturaleza del trabajo. La incapacidad total permite trabajar en otra profesión diferente a la habitual si no contraviene las limitaciones; en algunos casos es viable el trabajo autónomo o por cuenta ajena con ajustes. La absoluta y la gran invalidez tienen un régimen más restrictivo: cualquier actividad debe ser meramente terapéutica o esporádica y no susceptible de generar ingresos equiparables a una profesión.
- Declaraciones de actividad: informa a la Seguridad Social si inicias una actividad para evitar incompatibilidades o sanciones.
- Recolocación: estudiar un cambio a tareas livianas o teletrabajo puede ser alternativa a la total si la empresa ofrece ajustes razonables.
- Mutua y contingencia profesional: comprueba si existe responsabilidad empresarial y recargos, pues condiciona compatibilidades e importes.
Importante: en incapacidad total cualificada (a partir de determinada edad), la compatibilidad con otros trabajos es esencial para mantener la mejora del 75%.
Antes de aceptar una oferta, contrasta si las nuevas funciones invaden las tareas esenciales prohibidas por tu grado. Asimismo, valora el impacto fiscal y la obligación de comunicar cambios que puedan motivar una revisión de la pensión.
Revisión, agravación y extinción del grado
La incapacidad permanente no es inamovible. El INSS puede revisar el grado por mejoría, agravación, error de diagnóstico o por la realización de trabajos no compatibles. En tu resolución figura una fecha de revisión; llegado el día, pueden citarte de nuevo. También puedes solicitar revisión por agravación cuando existan nuevas secuelas o empeoramiento clínico relevante y documentado.
- Aporta informes recientes que comparen la situación actual con la del hecho causante.
- Si trabajas, acredita que las tareas son compatibles con tu grado y que no suponen riesgo para tu salud.
- Si te retiran la pensión, puedes formular reclamación previa y demanda solicitando medidas cautelares si procede.
Consejo: mantén un archivo vivo de tu historia clínica y laboral. La revisión es un procedimiento probatorio: lo que no está documentalmente respaldado, difícilmente prosperará.
En casos de gran invalidez, la necesidad de tercera persona debe acreditarse de forma específica, detallando actividades básicas (alimentación, higiene, movilidad, medicación) y la frecuencia/tiempo de asistencia. La correcta descripción funcional es determinante para conservar el complemento.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar con incapacidad total? Sí, en una profesión distinta a la habitual y dentro de tus limitaciones. Si eres beneficiario de total cualificada, mantener la actividad puede ser necesario para conservar el incremento.
¿Qué pasa si el tribunal médico me ve “bien” el día de la cita? La valoración debe basarse en evidencia acumulada. Aporta informes objetivos y explica la variabilidad de síntomas para evitar conclusiones erróneas por una “buena” jornada puntual.
¿Cómo se calcula la base reguladora? Depende de la contingencia y del régimen. Se toman bases de cotización de periodos anteriores con reglas específicas. Solicita tu historial de bases para detectar errores.
¿Es mejor pedir absoluta directamente? Depende del caso. Evalúa si tus limitaciones impiden toda profesión o solo la habitual. Una estrategia escalonada (total → absoluta) puede ser adecuada cuando la prueba aún no es concluyente.
¿Pueden revisarme y quitarme la pensión? Sí, por mejoría, error diagnóstico o incompatibilidades. Guarda toda la documentación y comunica cualquier actividad laboral para evitar incidencias.
Estas respuestas resumen dudas frecuentes, pero cada expediente es único. La clave está en construir un relato médico-funcional sólido, coherente y bien documentado.