Cómo reclamar por error en cirugía ocular
Descubre cómo reclamar por error en cirugía ocular, qué derechos tienes, plazos para exigir indemnización y pasos legales para conseguir la mejor compensación.
Índice
- Qué se considera error en cirugía ocular
- Derechos del paciente ante una mala praxis ocular
- Pruebas necesarias para reclamar por error en cirugía ocular
- Cómo actuar tras un error en cirugía ocular
- Vías legales para reclamar indemnización
- Cálculo de la indemnización por daños oculares
- Plazos de prescripción en reclamaciones por cirugía ocular
- Sanidad pública y privada en errores de cirugía ocular
- Cómo elegir abogado especializado en negligencias oculares
- Preguntas frecuentes sobre reclamaciones por error en cirugía ocular
Qué se considera error en cirugía ocular
No toda complicación en cirugía ocular implica una negligencia médica. La oftalmología trabaja con estructuras muy delicadas y existen riesgos propios de cualquier intervención sobre los ojos, incluso cuando todo se hace de forma correcta. Para que pueda hablarse de error en cirugía ocular es necesario que el profesional o el centro sanitario se aparten de la lex artis, es decir, del nivel de diligencia y de los protocolos que se consideran adecuados para ese tipo de intervención y para las circunstancias concretas del paciente.
Un error puede producirse en distintas fases del proceso asistencial. Puede existir una indicación quirúrgica incorrecta, por ejemplo operar cuando no era necesario o cuando existían alternativas más seguras. También pueden existir fallos en la preparación del paciente, en la comprobación de antecedentes, alergias o medicación habitual, o en la información previa sobre riesgos y posibles complicaciones. Durante la cirugía pueden darse equivocaciones técnicas, elección inadecuada de lentes o implantes, errores en la graduación o en el manejo del láser, así como problemas derivados de una falta de control de la asepsia o de los tiempos quirúrgicos.
Después de la intervención también puede producirse una mala praxis. Por ejemplo cuando no se realiza el seguimiento adecuado, no se atienden a tiempo síntomas de alarma como dolor intenso, pérdida súbita de visión, inflamación llamativa o secreciones, o cuando se omite la prescripción de fármacos preventivos frente a infecciones o aumento de la presión intraocular. En ocasiones el error no es un gesto puntual, sino una cadena de decisiones que en conjunto dejan al paciente en una situación de desprotección y terminan causando un daño evitable.
Para valorar si ha existido realmente un error en cirugía ocular suele ser necesario un informe de un perito oftalmólogo que revise la historia clínica, los consentimientos informados y todas las pruebas realizadas, y que determine si la actuación se ajustó a la práctica habitual o se apartó de ella sin justificación.
Derechos del paciente ante una mala praxis ocular
Cuando una persona sufre un daño tras una cirugía ocular que podía haberse evitado, no solo afronta las secuelas físicas, como pérdida de visión, dolor crónico o necesidad de nuevas intervenciones, sino también un impacto emocional y económico muy importante. Ante esta situación el ordenamiento jurídico reconoce diversos derechos que permiten exigir explicaciones y, en su caso, una indemnización adecuada. El primero de ellos es el derecho a recibir información clara y comprensible sobre lo ocurrido, así como a disponer de una copia íntegra de la historia clínica y de los informes de alta quirúrgica.
Además, el paciente tiene derecho a que se respete la confidencialidad de sus datos de salud y a ser tratado con dignidad durante todo el proceso. Si considera que no fue correctamente informado antes de la intervención, por ejemplo porque no se le explicó de manera concreta el riesgo que finalmente se ha materializado, puede plantear una reclamación por falta de consentimiento informado. En muchas reclamaciones por errores en cirugía ocular la ausencia de un consentimiento claro y detallado se convierte en un elemento clave, ya que demuestra que el paciente no tuvo la oportunidad de valorar los riesgos ni de decidir con libertad.
Igualmente, la persona afectada puede ejercer su derecho a reclamar una responsabilidad patrimonial frente a la administración sanitaria cuando se trata de centros públicos, o una responsabilidad civil frente a los profesionales o aseguradoras cuando se trata de sanidad privada. En casos graves, con secuelas muy importantes o incluso fallecimiento, también puede existir la posibilidad de acudir a la vía penal, si se aprecia imprudencia grave. Un abogado especializado le ayudará a escoger el camino más adecuado según la entidad de los daños y la prueba disponible.
Una reclamación por negligencia oftalmológica no solo persigue una compensación económica, también busca que se reconozca el error, se mejoren los protocolos y se evite que otras personas pasen por la misma situación. Por ello es importante que el paciente conozca sus derechos y no renuncie a ejercerlos por miedo o por desconocimiento.
Pruebas necesarias para reclamar por error en cirugía ocular
Una buena reclamación por error en cirugía ocular se construye sobre una base probatoria sólida. El testimonio del paciente es fundamental, pero por sí solo suele resultar insuficiente. Lo habitual es combinarlo con documentación médica, informes periciales y, cuando existe, testigos que puedan corroborar lo ocurrido. El primer paso consiste en solicitar la historia clínica completa al hospital, clínica o consulta donde se llevó a cabo la intervención y el seguimiento posterior. Esta historia debe incluir informes de consultas, pruebas diagnósticas, hoja de quirófano, hoja de medicación, informes de urgencias y cualquier documento relacionado con el proceso asistencial.
Uno de los documentos más relevantes es el consentimiento informado. En el ámbito de la cirugía ocular muchas complicaciones se relacionan con riesgos que, aunque poco frecuentes, son conocidos. Si dichos riesgos no fueron objeto de una información previa y detallada, el consentimiento puede considerarse defectuoso. Por ello es esencial obtener el formulario que se entregó al paciente, comprobar si está firmado, si describe de manera específica la intervención realizada y si contiene la advertencia del riesgo concreto que finalmente se produjo.
A esta documentación se suma el informe de un perito oftalmólogo independiente, que analizará la actuación de los profesionales y responderá a tres cuestiones clave. En primer lugar, si existía indicación quirúrgica y si se siguieron los protocolos habituales antes, durante y después de la operación. En segundo lugar, si el daño visual o las secuelas que presenta el paciente se relacionan de forma directa con la actuación sanitaria o si, por el contrario, se deben a una evolución inevitable de su enfermedad. Por último, el perito debe valorar la entidad de los daños y su repercusión en la vida cotidiana del afectado.
- Informes y pruebas de otros especialistas a los que el paciente haya acudido para tratar de corregir o paliar el daño.
- Documentación laboral o económica que acredite pérdidas de ingresos o cambios de actividad por la disminución de visión.
- Informes psicológicos cuando exista ansiedad, depresión u otras consecuencias emocionales derivadas de la intervención fallida.
Toda esta prueba puede completarse con fotografías, mensajes, correos electrónicos y reclamaciones internas realizadas ante el centro sanitario. Cuanto antes se empiece a reunir la documentación, más sencillo será reconstruir lo ocurrido y demostrar que el resultado final no fue una simple complicación inevitable, sino la consecuencia de una actuación inadecuada.
Cómo actuar tras un error en cirugía ocular
Sufrir un problema grave tras una operación de ojos genera miedo, inseguridad y muchas dudas sobre qué hacer. El primer consejo es cuidar la salud, es decir, buscar de inmediato una segunda opinión médica para evaluar el estado actual de la visión y recibir el tratamiento más adecuado. En algunos casos un abordaje rápido puede limitar las secuelas o evitar que el daño progrese. Es importante explicar al nuevo especialista lo ocurrido, pero sin ocultar ni exagerar ningún dato, y solicitar que todo quede reflejado por escrito en los informes.
El segundo paso consiste en preservar toda la documentación relacionada con la intervención. Conviene guardar presupuestos, publicidad de la clínica, contratos, correos, mensajes y cualquier documento que haya influido en la decisión de operarse. También resulta recomendable anotar en un cuaderno fechas relevantes, nombres de profesionales que atendieron al paciente y una descripción sencilla de los síntomas y de su evolución. Estos detalles, que parecen menores, pueden resultar de gran ayuda cuando se analice el caso con calma.
A continuación es recomendable solicitar la historia clínica y el consentimiento informado al centro donde se realizó la cirugía ocular. Se puede hacer mediante escrito dirigido al servicio de atención al paciente o a la dirección médica, identificando al paciente y la fecha aproximada de la intervención. El centro está obligado a facilitar una copia en un plazo razonable. Mientras tanto, es útil evitar discusiones con el personal sanitario y no firmar documentos de renuncia o acuerdos de compensación sin haberlos comentado antes con un profesional legal.
Una vez reunida la documentación, el paso siguiente es acudir a un abogado especializado en negligencias médicas y, a ser posible, con experiencia en errores de cirugía ocular. Este profesional estudiará el caso, solicitará la intervención de un perito y orientará al paciente sobre las posibilidades reales de éxito y sobre el tipo de procedimiento que resulta más conveniente en función del centro implicado y de los plazos disponibles.
Vías legales para reclamar indemnización
Las vías para reclamar por un error en cirugía ocular dependen principalmente de si la intervención tuvo lugar en un centro público o privado, así como de la intensidad del daño y de la existencia de indicios de imprudencia grave. Cada vía tiene requisitos, plazos y órganos competentes diferentes, por lo que resulta esencial planificar bien la estrategia para no perder oportunidades de reclamar. La elección no siempre es sencilla y, en ocasiones, puede combinarse la reclamación extrajudicial con el inicio posterior de un procedimiento judicial.
En el ámbito de la sanidad privada lo más habitual es presentar una reclamación de responsabilidad civil frente al profesional, la clínica y su aseguradora. Esta reclamación puede comenzar con un requerimiento extrajudicial en el que se detallen los hechos, los daños sufridos y la cantidad que se solicita a modo de indemnización. Si no se alcanza un acuerdo, el paso siguiente suele ser una demanda ante los tribunales civiles, acompañada del informe pericial y de toda la documentación médica. En algunos casos se puede acudir a mecanismos de mediación o a sistemas de resolución amistosa, especialmente si el centro muestra voluntad de diálogo.
Cuando la intervención se ha realizado en la sanidad pública, el cauce habitual es la reclamación por responsabilidad patrimonial de la administración. Esta reclamación se plantea ante el servicio de salud o la consejería competente, mediante un escrito detallado que describa los hechos, los daños y la relación de causalidad entre la actuación sanitaria y las secuelas. La administración evaluará la documentación, solicitará informes a los servicios implicados y, en muchos casos, ordenará un dictamen pericial propio. Si la resolución no reconoce la responsabilidad o concede una indemnización insuficiente, el paciente puede impugnarla ante la jurisdicción contenciosa.
Por último, en los casos más graves, como pérdida total de visión por un fallo evidente, ausencia de medidas básicas de seguridad o intervenciones realizadas sin consentimiento, puede plantearse la vía penal, especialmente cuando se aprecia imprudencia de entidad. Sin embargo, esta opción debe valorarse con prudencia, ya que los procedimientos penales son largos, exigen una prueba robusta y no siempre resultan la vía más adecuada para lograr una compensación ágil. Un asesoramiento especializado permitirá escoger el camino que mejor se adapte a la situación concreta de cada paciente.
Cálculo de la indemnización por daños oculares
Determinar la cuantía de la indemnización en un caso de error en cirugía ocular requiere un análisis individualizado. No se trata de una cifra arbitraria, sino del resultado de valorar distintos conceptos que buscan compensar el daño real sufrido por el paciente. En general se distinguen los daños personales, que incluyen las secuelas físicas y psicológicas, y los daños patrimoniales, que abarcan los gastos soportados y las pérdidas económicas que se derivan de la disminución de visión u otras complicaciones.
En el ámbito de los daños personales se suele recurrir a baremos orientativos, inspirados en los sistemas de valoración de daños corporales utilizados en otros campos, como los accidentes de tráfico. Estos baremos tienen en cuenta la edad del paciente, el grado de pérdida visual, la afectación de uno o de ambos ojos y el impacto que las secuelas tienen en la autonomía personal, la necesidad de ayuda de terceros o la imposibilidad de realizar actividades que antes eran habituales. Además, se valora el daño moral, que recoge el sufrimiento, la angustia y la alteración de los proyectos de vida.
En cuanto a los daños patrimoniales, se incluyen los gastos médicos adicionales que el paciente ha tenido que asumir, como nuevas intervenciones, tratamientos farmacológicos, rehabilitación visual, gafas especiales o ayudas técnicas. También pueden reclamarse los desplazamientos, las estancias y otros costes derivados de acudir a consultas especializadas en otra ciudad. Si la persona ha tenido que reducir su jornada laboral, cambiar de profesión o ha perdido su empleo a causa de la disminución de visión, estas pérdidas de ingresos pueden formar parte de la indemnización.
Un buen abogado especializado en negligencias oftalmológicas no se limita a proponer una cantidad genérica. Analiza la situación concreta del cliente, revisa informes médicos y laborales y trabaja junto con el perito para justificar cada partida, de manera que la reclamación resulte coherente y defendible ante la administración, la aseguradora o el juez que deba resolver el caso.
Plazos de prescripción en reclamaciones por cirugía ocular
Una de las cuestiones más delicadas en cualquier reclamación por error en cirugía ocular son los plazos de prescripción. No basta con demostrar que existió una mala praxis y que esta causó un daño, también es imprescindible ejercitar la acción dentro del tiempo que la ley concede para reclamar. Si se deja pasar ese plazo, el asunto puede considerarse prescrito y la administración, la aseguradora o el profesional podrán oponerse a la reclamación aunque la negligencia esté clara.
Los plazos no son iguales en todos los supuestos. Varían según se trate de sanidad pública o privada, según la vía elegida y según la comunidad autónoma. Además, no siempre empiezan a contarse el día de la intervención, sino desde que las secuelas se consideran estabilizadas o desde que el paciente tiene conocimiento razonable del alcance real del daño. Por eso es muy importante no esperar a que la situación se deteriore durante años para buscar consejo, especialmente cuando han existido varias cirugías o complicaciones sucesivas y resulta difícil fijar el momento exacto en que se produjo el error.
Ante esta complejidad, la recomendación práctica es actuar con rapidez. En cuanto exista una sospecha fundada de negligencia conviene reunir la documentación, solicitar la historia clínica y pedir una valoración legal y pericial. De este modo se puede determinar con precisión qué plazo se aplica en el caso concreto y cómo debe interrumpirse, por ejemplo mediante una reclamación previa o un requerimiento formal. Dejar pasar el tiempo sin hacer nada solo favorece a la parte responsable y complica el trabajo de reconstrucción de los hechos.
Consultar cuanto antes con un abogado especializado en negligencias médicas permite identificar el plazo de prescripción que corresponde, diseñar una estrategia y presentar la reclamación a tiempo. Es una cuestión técnica que conviene revisar con cuidado para proteger al máximo los derechos del paciente.
Sanidad pública y privada en errores de cirugía ocular
En España conviven la sanidad pública y la sanidad privada, y los errores en cirugía ocular pueden producirse en ambos ámbitos. La forma de reclamar, sin embargo, no es idéntica. En la sanidad pública se suele acudir a la responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria, mientras que en la sanidad privada se habla sobre todo de responsabilidad civil contractual o extracontractual. Esta diferencia influye en la autoridad que resuelve la reclamación, en los trámites a seguir y, como se ha señalado, en los plazos para ejercitar la acción.
En el caso de hospitales y centros públicos, el paciente se dirige primero a la administración sanitaria con un escrito de reclamación en el que explica los hechos, los daños y la relación entre ambos, acompañando la historia clínica y el informe pericial. La administración recaba informes internos y puede aceptar la reclamación, rechazarla o guardar silencio. Si la respuesta es negativa o no llega en un plazo razonable, se abre la puerta a acudir a los tribunales contenciosos, donde un juez valorará de nuevo las pruebas.
En la sanidad privada el camino es diferente. La reclamación suele dirigirse contra el médico, la clínica y su aseguradora, y suele tramitarse ante los tribunales civiles. En muchos casos, antes de presentar la demanda se plantea una negociación con la compañía aseguradora. Si la aseguradora reconoce que existió mala praxis y acepta compensar al paciente, puede alcanzarse un acuerdo sin necesidad de juicio. Si la propuesta es insuficiente o se niega la responsabilidad, se presenta la demanda y será un juez quien decida. En algunos casos, además, la reclamación puede dirigirse también frente a entidades financieras que han financiado la cirugía, especialmente en tratamientos de carácter estético o de elección.
Conocer estas diferencias ayuda al paciente a entender por qué el abogado le propone una vía u otra y por qué algunos procedimientos resultan más largos que otros. Lo importante es que, sea cual sea el ámbito en que se produjo el error, la persona afectada disponga de un acompañamiento jurídico cercano y transparente durante todo el proceso.
Cómo elegir abogado especializado en negligencias oculares
La elección del profesional que va a acompañar al paciente en su reclamación por error en cirugía ocular es una decisión importante. No todos los abogados tienen la misma experiencia en negligencias médicas, y dentro de este campo la oftalmología presenta particularidades técnicas que conviene conocer. Por ello resulta aconsejable buscar un despacho que trabaje de manera habitual con casos de cirugía ocular, que disponga de una red de peritos de confianza y que pueda explicar, con ejemplos reales, cómo ha gestionado reclamaciones similares en el pasado.
Un buen punto de partida es mantener una primera consulta en la que el abogado escuche con calma el relato del paciente y revise la documentación disponible. En esa conversación inicial debería explicar con claridad qué elementos ve favorables y cuáles generan dudas, qué pasos serían necesarios para avanzar, qué costes aproximados tendría el informe pericial y qué honorarios se aplicarían en caso de iniciar la reclamación. La transparencia en estos aspectos ayuda a generar confianza y permite al paciente tomar una decisión informada.
También es importante valorar el trato humano. Los casos de negligencia oftalmológica suelen suponer un cambio profundo en la vida de la persona afectada, con repercusiones en su trabajo, en su autonomía y en su estado emocional. Contar con un profesional que escuche, que explique cada fase del procedimiento en un lenguaje comprensible y que responda a las dudas de forma cercana puede marcar la diferencia. La reclamación legal es un proceso largo y resulta más llevadero cuando existe una relación de confianza entre cliente y abogado.
- Comprobar la especialización del despacho en derecho sanitario y negligencias médicas.
- Preguntar con qué peritos oftalmólogos colaboran de forma habitual.
- Valorar las opciones de pago, como honorarios cerrados o combinados con porcentaje de éxito.
- Solicitar que se detallen por escrito las condiciones del servicio antes de iniciar el procedimiento.
Elegir bien desde el principio puede evitar cambios de abogado a mitad del proceso y permite construir una estrategia coherente desde la primera reclamación hasta, si es necesario, la fase judicial.
Preguntas frecuentes sobre reclamaciones por error en cirugía ocular
¿Toda complicación en una operación de ojos es una negligencia médica?
No. Toda cirugía conlleva riesgos, y algunas complicaciones pueden aparecer incluso cuando el profesional actúa de forma correcta. Hablamos de negligencia médica cuando el centro o el profesional se apartan de la práctica aceptada, no siguen los protocolos o no informan adecuadamente al paciente de los riesgos relevantes, y ese comportamiento provoca un daño que podía haberse evitado.
¿Qué debo hacer si sospecho que mi cirugía ocular ha salido mal por un error?
Lo más prudente es buscar cuanto antes una segunda opinión médica, solicitar la historia clínica y el consentimiento informado, anotar fechas y síntomas y contactar con un abogado especializado en negligencias médicas. Con esta información se podrá valorar si realmente existió una mala praxis y qué opciones de reclamación existen en su caso concreto.
¿Puedo reclamar aunque haya firmado el consentimiento informado?
Sí. Firmar un consentimiento informado no otorga carta blanca para cometer errores. El consentimiento debe ser claro, concreto y explicar los riesgos relevantes de forma comprensible. Además, aunque el riesgo estuviera descrito, puede existir negligencia si la intervención se realizó sin las medidas adecuadas o sin respetar los protocolos de seguridad. Por eso resulta esencial revisar el contenido real del documento que se firmó.
¿Cuánto tiempo puede durar una reclamación por error en cirugía ocular?
La duración depende del tipo de procedimiento, de la vía elegida y de si se alcanza o no un acuerdo extrajudicial. Algunas reclamaciones ante aseguradoras o administraciones pueden resolverse en unos meses, mientras que un proceso judicial complejo puede prolongarse durante años. Por ello es importante que el abogado explique desde el inicio qué plazos aproximados maneja y vaya informando de cada avance.
¿Necesito siempre un informe pericial para reclamar?
En la práctica, el informe de un perito oftalmólogo es casi imprescindible para que una reclamación por negligencia en cirugía ocular prospere. Este informe permite explicar al juez o a la administración qué se hizo mal, cómo debería haberse actuado y de qué manera ese error ha provocado el daño actual. Sin ese apoyo técnico resulta muy difícil que una reclamación alcance un resultado favorable para el paciente.
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