Reclamaciones por complicaciones en cirugía de varices
Guía de reclamaciones por complicaciones en cirugía de varices: plazos, pruebas, negligencia, indemnizaciones y pasos para reclamar con éxito en España.
Índice
- Reclamaciones por complicaciones en cirugía de varices: contexto y objetivo
- Qué complicaciones son reclamables y cuáles suelen ser inherentes
- Criterios de negligencia médica aplicables a la cirugía de varices
- Pruebas y documentación clave para sustentar la reclamación
- Pasos para reclamar: vía privada, pública y extrajudicial
- Plazos y prescripción: cómo no perder tu derecho
- Cálculo de la indemnización: secuelas, días de curación y gastos
- Errores habituales del paciente reclamante y cómo evitarlos
- Casos específicos: escleroterapia, láser endovenoso y fleboextracción
- Preguntas frecuentes
Reclamaciones por complicaciones en cirugía de varices: contexto y objetivo
La cirugía de varices —en sus distintas técnicas como escleroterapia, láser endovenoso, radiofrecuencia o fleboextracción— persigue aliviar síntomas, prevenir complicaciones trombóticas y mejorar la estética y funcionalidad de las piernas. Sin embargo, como todo procedimiento médico, no está exento de riesgos. Algunas complicaciones pueden ser inherentes a la técnica y otras derivar de una mala praxis, falta de seguimiento, indicación inadecuada o deficiencias en el consentimiento informado. Cuando el resultado adverso no se corresponde con la lex artis o no se informó correctamente de los riesgos relevantes, el paciente puede valorar una reclamación para obtener una indemnización por daños y perjuicios.
El objetivo de esta guía es explicar, con un enfoque práctico, cuándo cabe hablar de negligencia en la cirugía de varices, qué pruebas se necesitan y los pasos para reclamar con solvencia. También abordaremos los plazos legales, los criterios orientadores del cálculo indemnizatorio y los errores más frecuentes que pueden debilitar el caso. No se trata de culpar a los profesionales sanitarios —la mayoría actúa con rigor—, sino de dotar al paciente de herramientas para identificar supuestos en los que el daño se pudo evitar con una actuación diligente, seguimiento adecuado o información suficiente.
Idea clave: complicación no equivale automáticamente a negligencia. Pero si el riesgo no se informó, la técnica se aplicó sin indicación adecuada o faltó control y tratamiento de eventos adversos previsibles, puede existir responsabilidad.
A lo largo del contenido utilizaremos terminología frecuente en estas reclamaciones: trombosis venosa profunda, embolia pulmonar, flebitis, lesión nerviosa, quemaduras cutáneas por energía térmica, hiperpigmentación, recidiva varicosa, síndrome posflebítico o linfedema. Asimismo, diferenciamos las vías de reclamación en la sanidad privada y pública, y cómo preparar la pericial médico-legal con respaldo documental para aportar solidez probatoria.
Qué complicaciones son reclamables y cuáles suelen ser inherentes
No todas las complicaciones de la cirugía de varices constituyen negligencia. Algunas son riesgos inherentes, previsibles y aceptables si han sido informados de forma clara y comprensible, y si la indicación fue correcta y el procedimiento se ejecutó conforme a la técnica estándar. Entre las complicaciones típicamente inherentes (aunque deben constar en el consentimiento informado) destacan: equimosis, dolor transitorio, parestesias leves, hiperpigmentación cutánea que se resuelve con el tiempo, y recidiva varicosa por neovascularización.
Por otro lado, existen complicaciones que pueden ser reclamables si se demuestra un déficit de diligencia o información: trombosis venosa profunda (TVP) sin profilaxis adecuada en pacientes de riesgo, embolia pulmonar tras alta precoz sin instrucciones, lesiones nerviosas permanentes por técnica inadecuada, quemaduras y necrosis cutáneas por energía térmica mal ajustada, infecciones no diagnosticadas o tratadas con celeridad, y daños estéticos severos no proporcionales al procedimiento. También es relevante la indicación: realizar una técnica térmica en venas con alto riesgo de perforación o sin estudio doppler previo puede ser cuestionable.
- Complicaciones inherentes y leves: suelen requerir observación y tratamiento conservador; no generan responsabilidad si se informó adecuadamente.
- Complicaciones graves y prevenibles: exigen revisar si hubo evaluación de riesgo (escala, profilaxis, eco-doppler) y protocolos postoperatorios.
- Falla de seguimiento: dolor desproporcionado, fiebre, edema o signos de TVP sin respuesta clínica diligente pueden reforzar la reclamación.
Claves probatorias: hoja de consentimiento informado, informe de alta con instrucciones, hojas de medicación (profilaxis), evolución en consultas, y estudios complementarios (eco-doppler, analíticas, radiología).
En resumen, la frontera entre complicación aceptable y negligencia se fija por la lex artis, la individualización del riesgo y la completitud del consentimiento. Si el daño era evitable con una actuación estándar o el paciente no fue informado de riesgos típicos y relevantes, la vía indemnizatoria cobra fuerza.
Criterios de negligencia médica aplicables a la cirugía de varices
La negligencia médica se valora conforme a la lex artis ad hoc, es decir, los estándares aceptados por la comunidad científica para el caso concreto. En cirugía de varices, suelen revisarse cuatro ejes: (1) Indicación (si el procedimiento era necesario, si existían alternativas conservadoras o si el perfil del paciente contraindicaba la técnica elegida); (2) Ejecución técnica (uso correcto de parámetros de energía, manejo de catéter, control intraoperatorio con eco, hemostasia y prevención de daño térmico o nervioso); (3) Información y consentimiento (riesgos relevantes, alternativas, expectativas realistas); y (4) Seguimiento (profilaxis tromboembólica, control del dolor, curas, revisiones y respuesta a signos de alarma).
La mera aparición de una complicación no implica mala praxis. Sin embargo, si se evidencia omisión de pruebas diagnósticas clave (p. ej., eco-doppler preoperatorio), parametrización inadecuada de equipos térmicos, omisión de profilaxis en pacientes de riesgo, o falta de reacción diligente ante síntomas de TVP o infección, el nexo causal entre actuación y daño gana peso. Asimismo, el consentimiento informado debe ser personalizado: no vale un formulario genérico sin explicación verbal de riesgos y alternativas. La ausencia de información sobre riesgos típicos (trombosis, quemaduras, recidiva, lesión nerviosa) puede generar responsabilidad por pérdida de oportunidad o por daños directos.
Preguntas guía para evaluar la lex artis: ¿Se estudió el mapa venoso con eco-doppler? ¿Se adaptó la técnica al diámetro y recorrido de la vena? ¿Se dejaron instrucciones claras de alarma? ¿Existió seguimiento en plazos razonables?
Por último, se analiza la causalidad (relación entre conducta y daño), el daño resarcible (lesiones, secuelas, perjuicio estético, lucro cesante, gastos) y la previsibilidad/evitabilidad. Un informe pericial de angiología y cirugía vascular resulta decisivo para objetivar estos extremos y fortalecer la reclamación.
Pruebas y documentación clave para sustentar la reclamación
La fortaleza de una reclamación por complicaciones en cirugía de varices reside en la documentación. Comience por solicitar, por escrito, toda la historia clínica al centro: informes de consultas, preoperatorio, protocolo quirúrgico, anestesia, material utilizado, parámetros de energía (si procede), informes de alta y controles. Incluya consentimiento informado firmado y, si existe, hoja específica de riesgos y alternativas.
- Diagnóstico por imagen: eco-doppler pre y postoperatorio, informes de vascular; en TVP, ecografía venosa de compresión seriada.
- Analíticas y pruebas complementarias: marcadores inflamatorios, cultivos si hubo infección, pruebas de trombofilia si se valoran factores predisponentes.
- Documentación económica: gastos farmacéuticos, medias de compresión, desplazamientos, bajas laborales y pérdida de ingresos.
- Registro de síntomas: diario con fechas de dolor, edema, eritema, fiebre, disestesias; fotografías de lesiones cutáneas.
- Pericial: informe de angiología/cirugía vascular o medicina legal que analice indicación, técnica, seguimiento y nexo causal.
Consejo práctico: solicite la historia clínica por burofax o escrito con acuse. El centro tiene plazos para entregarla y su negativa o demora injustificada puede constar en el expediente.
La correlación temporal entre la intervención y la aparición de la complicación, la existencia de factores de riesgo no valorados y la ausencia de medidas preventivas adecuadas son aspectos que un perito resaltará. Cuanta más trazabilidad aporte el paciente, más opciones de éxito tendrá su reclamación, ya sea ante aseguradora, vía civil o responsabilidad patrimonial.
Pasos para reclamar: vía privada, pública y extrajudicial
El itinerario para reclamar depende de si la asistencia fue en sanidad privada o sanidad pública. En el ámbito privado, es habitual iniciar una reclamación extrajudicial al centro y su aseguradora de responsabilidad civil, aportando historia clínica, pruebas e informe pericial preliminar. Este paso puede desembocar en acuerdo. Si no lo hay, se valora la vía civil para reclamar daños y perjuicios frente a los responsables (médico, centro, aseguradora).
En sanidad pública, la vía adecuada suele ser el procedimiento de responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria, con una reclamación administrativa motivada, en la que se acredite el funcionamiento anormal del servicio y el daño. Si la administración desestima o no resuelve en plazo, se abre la vía contencioso-administrativa.
- Fase previa: recopilación de historia y elaboración de informe pericial de viabilidad.
- Reclamación extrajudicial: comunicación formal, oferta motivada, negociación.
- Vías procesales: civil (privada) o patrimonial (pública); eventualmente penal si hay imprudencia grave.
Importante: antes de interponer demanda, evaluar costes y opciones de transacción. Muchos casos se resuelven con acuerdo cuando la pericial es sólida y los hechos están bien documentados.
Plazos y prescripción: cómo no perder tu derecho
El respeto a los plazos es crítico. En sanidad pública, la acción de responsabilidad patrimonial suele prescribir al año desde la estabilización de las secuelas o la curación. En sanidad privada, la reclamación por daños puede articularse con base contractual (plazo general de cinco años) o extracontractual (por regla general, un año), según el caso y la relación establecida con el centro y el profesional. La determinación del dies a quo (día inicial) requiere analizar cuándo el paciente conoció el alcance del daño y su posible relación con la actuación médica, a menudo ligado al alta de secuelas o a un informe diagnóstico concluyente.
Para evitar la prescripción, es frecuente remitir un requerimiento fehaciente (p. ej., burofax con certificación de contenido), que puede interrumpir plazos en la esfera civil. En la vía administrativa, la presentación de reclamación patrimonial dentro del año es esencial. Dado que existen matices y supuestos especiales —como daños de aparición tardía, tratamientos prolongados o procesos con varias intervenciones—, conviene que un profesional revise el cómputo exacto en cada expediente.
Buenas prácticas: consulte cuanto antes, recabe la historia clínica y pida valoración de viabilidad para decidir la vía y el hito que marca el inicio del plazo.
Cálculo de la indemnización: secuelas, días de curación y gastos
La cuantía indemnizatoria se construye sobre varios conceptos: daño corporal (días de perjuicio básico y moderado, hospitalarios si existieron, y secuelas funcionales y estéticas), gastos (tratamientos, medias de compresión, fármacos, desplazamientos, rehabilitación), perjuicio patrimonial (pérdida de ingresos, bajas laborales) y perjuicio moral. En la práctica, se emplean baremos y criterios médico-legales como referencia para objetivar cuantías, ajustando a la casuística: por ejemplo, secuelas por lesión nerviosa persistente, cicatrices visibles, hiperpigmentaciones permanentes o limitaciones para bipedestación prolongada.
- Documente gastos con facturas y recibos; anote desplazamientos y días de baja.
- Pericial que cuantifique afectación funcional, dolor crónico, restricciones laborales y estética.
- Lucro cesante: acredite ingresos habituales y su disminución durante la incapacidad.
Consejo: las ofertas motivadas de aseguradoras deben contrastarse con la pericial. Si la oferta ignora secuelas o gastos futuros (p. ej., tratamientos dermatológicos para manchas), no la acepte sin revisión profesional.
El objetivo no es un enriquecimiento injusto, sino restituir al paciente —en la medida de lo posible— en su situación previa al daño, compensando tanto la vertiente física como la moral y patrimonial. Una reclamación bien armada puede resolver por acuerdo sin necesidad de juicio.
Errores habituales del paciente reclamante y cómo evitarlos
Muchas reclamaciones sólidas se debilitan por errores evitables. El primero es esperar demasiado para pedir la historia clínica y consultar con un abogado, lo que compromete los plazos. El segundo es no seguir las instrucciones postoperatorias (medias de compresión, deambulación, fármacos), lo que, además de afectar la recuperación, puede facilitar defensas del centro sobre culpa del paciente. Tercero, no guardar pruebas: fotografías de lesiones, recetas, justificantes de compra, informes de urgencias y partes de baja son esenciales.
También es un error centrarse solo en el resultado estético cuando la reclamación viable descansa en un déficit de información o en un seguimiento negligente. La clave probatoria es el nexo causal, no la decepción subjetiva. Por último, aceptar ofertas a la baja sin pericial independiente puede cerrar la puerta a una compensación justa.
- Solicite historia clínica por escrito y conserve acuses.
- Siga el plan postoperatorio y registre síntomas y eventos.
- Acuda a urgencias ante signos de alarma (dolor intenso, edema brusco, disnea, fiebre).
- Obtenga valoración pericial temprana para orientar estrategia y cuantía.
Regla de oro: documente todo desde el primer día. Una reclamación sin documentos se convierte en una discusión de versiones.
Casos específicos: escleroterapia, láser endovenoso y fleboextracción
Escleroterapia: consiste en inyectar un agente esclerosante para cerrar la vena. Complicaciones: hiperpigmentación, necrosis cutánea por extravasación, tromboflebitis, alergias. La negligencia puede darse por concentración/dosis inadecuada, mala técnica de punción, falta de compresión posterior o ausencia de información sobre riesgos y cuidados posteriores.
Láser endovenoso / radiofrecuencia: técnicas térmicas mínimamente invasivas que requieren ajuste de energía y control ecográfico. Riesgos: quemaduras, lesiones nerviosas, trombosis, dolor intenso. Posibles reproches: ausencia de eco-doppler preoperatorio, parámetros mal calibrados, falta de profilaxis en pacientes de alto riesgo, o no detección de complicaciones tempranas.
Fleboextracción (stripping) / microcirugía: complicaciones: hematomas extensos, lesión de nervios superficiales, infección de herida, recidiva por tributarias no tratadas. Se valora la indicación frente a opciones menos invasivas, técnica empleada y seguimiento de curas.
- Documentos críticos por técnica: hoja de parámetros (térmicas), registro de fármacos (escleroterapia), parte quirúrgico detallado (stripping).
- Indicaciones: diámetro venoso, reflujo en eco, comorbilidades, contraindicaciones.
- Cuidados: medias compresivas, movilización, analgesia, citas de control y señales de alarma.
Estrategia: vincule cada complicación con un acto concreto (indicación, técnica, seguimiento) y un estándar incumplido. Así se refuerza el nexo causal y la viabilidad de la reclamación.
Preguntas frecuentes
¿Una trombosis tras la cirugía de varices es siempre negligencia? No. Es un riesgo conocido, pero puede ser reclamable si existían factores de riesgo no evaluados, faltó profilaxis o el seguimiento fue insuficiente ante síntomas de alarma.
Me prometieron un resultado estético y tengo manchas. La hiperpigmentación puede ser transitoria e inherente. Si no se informó de este riesgo o es persistente por una mala técnica, la reclamación puede contemplar daño estético.
¿Necesito un perito? En la práctica, sí. Un informe pericial de angiología/cirugía vascular es decisivo para valorar indicación, técnica, consentimiento y nexo causal, y para cuantificar secuelas.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar? En pública, en general un año desde estabilización de secuelas; en privada, puede ser un año (extracontractual) o cinco años (contractual), según el caso. Revise su supuesto con un profesional.
¿Puedo llegar a un acuerdo sin juicio? Sí. Muchas reclamaciones se resuelven con la aseguradora del centro mediante oferta motivada si la pericial es sólida y la documentación está completa.
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